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Según la Orden de la Coselleria de Territorio de 2 de marzo de 2005, por la que se regulan medidas extraordinarias para la prevención de incendios forestales, QUEDAN PROHIBIDAS en los terrenos forestales, en el adyacentes o con una proximidad menor a 500 metros de aquéllos, las siguientes acciones:

– La quema de márgenes de cultivos o de restos agrícolas o forestales.
– La quema de cañaverales, carrizales o matorrales ligada a algunos tipos de aprovechamiento ganadero, cinegético o de cualquier otro tipo.
– Operaciones de destilación de plantas aromáticas

Estas prohibiciones afectarán al periodo comprendido entre el Jueves Santo (03/29/2018) y el lunes de San Vicente (09/04/2018), ambos incluidos.
Por lo tanto quedan en suspenso todas las autorizaciones de quema concedidas para estos días.